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¿A quien va dirigido?
INDIVIDUALES
A todas las personas que quieran protegerse ante las consecuencias económicas de un accidente que provoque fallecimiento, una invalidez o una incapacidad . Estos problemas van a conllevar un empeoramiento económico, por lo que por muy poco dinero, se puede tener la seguridad y la tranquilidad de no estar desprotegidos o dejar desprotegida a su familia.
Integra una completa gama de coberturas y además tiene la facilidad de contratar en las garantías complementarias el capital que el asegurado decida.
- Personas con responsabilidades familiares: familiares dependientes económicamente como hijos, padres, cónyuge, personas con minusvalías.
- Trabajadores Autónomos: para complementar las coberturas insuficientes de la prestaciones públicas de la S.S.
- Personas con patrimonios importantes. Para tener liquidez, hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones, Donaciones y para el reparto de la herencia.
- Personas preocupadas por cubrir la invalidez y el riesgo de sufrir una invalidez que suponga una merma muy importante de sus ingresos y un incremento de sus gastos.
- Socios de empresas y sociedades. Para garantizar la propiedad de la empresa contra terceros no socios.
COLECTIVOS Y/O DE CONVENIO
Son las mismas coberturas adaptadas a los requerimientos especificos necesarios. Consultenos para enviarles el presupuesto necesario para su actividad o grupo
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(Obtenga más información haciendo clik con el ratón sobre las barras) |
¿Ventajas adicionales?
Le cubre 24 horas del día y todo el año frente a:
- Invalidez permanente.
- Invalidez temporal.
- Incapacidad temporal.
- Asistencia sanitaria.
- Accidentes corporales por causa violenta, súbita, externa y ajena al a intencionalidad del asegurado.
- Fallecimiento.
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¿Qué garantías cubre?
- Cobertura 24 horas: para los accidentes sufridos por el Asegurado, tanto en el desarrollo de su profesión habitual, como en su vida privada.
- Cobertura riesgo profesional: para los accidentes ocurridos al asegurado en el desempeño de su profesión habitual, incluyendo los que sucedan durante el desplazamiento entre el domicilio habitual y el lugar de trabajo.
- Cobertura riesgo extraprofesional: para los accidentes ocurridos al asegurado durante su vida privada, excluyendo los sucedidos con motivo de la realización de actividades profesionales remuneradas o no.
- Cobertura para accidentes de circulación: limitada a garantizar las indemnizaciones como consecuencia de un accidente de circulación.
GARANTIAS ASEGURADAS |
SUMA ASEGURADA |
Garantías básicas: |
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Ámbito mundial |
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• Muerte por accidente |
S/Condiciones particulares |
- Anticipo (a deducir de la indemnización) |
10% (máximo 6.000 €) |
• Invalidez permanente por accidente |
S/Condic. particulares y baremo invalid. parcial |
• Indemnización por invalidez temporal por accidente |
S/Condiciones particulares |
Período máximo |
S/Duración seguro (Máximo 365 días) |
Franquicia _ |
7 días |
• Muerte por infarto de miocardio derivado de la actividad laboral |
S/Condiciones particulares |
• Invalidez permanente por infarto de miocardio derivado de la
actividad laboral |
S/Condiciones particulares |
Territorio español |
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• Gastos de asistencia sanitaria por accidente |
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Período máximo |
1 año |
Adquisición e implantación de la primera prótesis |
3.000 € |
Cirugía estética |
3.000 € |
Opción A - Gastos limitados |
S/Condiciones particulares |
Opción B - Gastos incluidos |
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Médicos/Clínicas - acuerdo asegurado-asegurador |
Incluidos |
Médicos/Clínicas - libre elección asegurado |
200 € /día |
Garantías opcionales: |
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• Capital adicional de muerte por accidente de circulación |
S/Condiciones particulares |
• Capital adicional de invalidez permanente por accidente de circulación |
S/Condic. particulares y baremo invalid. parcial |
• Asistencia en viaje |
S/Condiciones particulares |
• Rentas mensuales en caso de muerte y/o invalidez permanente
absoluta por accidente |
S/Condiciones particulares |
• Invalidez Permanente progresiva al 225% - 350% |
S/Condiciones particulares |
• Indemnización diaria por hospitalización por accidente |
S/Condiciones particulares |
- Período máximo |
365 días |
Cláusulas: |
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• Revalorización automática
Los capitales asegurados y la primas correspondientes a las coberturas de muerte por accidente, invalidez permanente por accidente y gastos de asistencia sanitaria por accidente, se revalorizarán automáticamente en cada vencimiento, de acuerdo con la variación del IPC. |
Incluido |
• Riesgos extraordinarios |
Incluido |
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¿Hay riesgos excluidos?
Por su Actividad:
- Accidentes sufridos durante la práctica profesional (recibe remuneración económica por practicarlo) de cualquier deporte, en la práctica de actividades muy peligrosas y en especial la del toreo o encierro de reses bravas y suelta de vaquillas.
Por el Riesgo:
- Instaladores de antenas y pararrayos.
- Aserradores, leñadores y taladores de árboles.
- Aviación, pilotos y tripulaciones.
- Bomberos.
- Buzos, submarinistas y personal de salvamentos marinos.
- Fabricación, manipulación y depósito de explosivos y pirotecnia.
- Marinos y pescadores en alta mar.
- Mineros, poceros y otras actividades subterráneas.
- Policías y personal de las fuerzas armadas.
- Seguridad, vigilancia y personal armado.
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¿Cuáles son sus normas de contratación?
- Edad mínima: 14 años. Edad máxima: 65 años
- Aportación mínima por recibo: 30 €. Prima mínima anual: 60 €.
- Recargo por fraccionamiento: semestral (1,5%), trimestral (2,5%), bimestral (3%), mensual (3,5%).
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¿Primas orientativas?
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PRECONFIGURADOS |
- TIEMPOLIBRE 60: Extraprofesional con 90.000€ por fallecimiento y 90.000€ por invalidez (parcial y absoluta) accidental. Prima 60 €/año
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- TIEMPOLIBRE 80: Extraprofesional con 125.000€ por fallecimiento y 125.000€ por invalidez (parcial y absoluta) accidental. Prima 80 €/año
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CONVENIOS-COLECTIVOS |
- Depende convenio y numero. Desde 10-12€ persona
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INDIVIDUALES |
- Depende de coberturas contratadas, capital, garantias , etc. Envie formulario y recibira un presupuesto personal.
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Preguntas más frecuentes
- ¿Que cubre en realidad? El fallecimiento y la invalidez (si se contrata) por cualquier accidente sea el que sea
- ¿En qué consisten las coberturas opcionales? Son coberturas opcionales que por un coste muy bajo aumentan las prestaciones del seguro, bien incluyendo garantías diferentes al fallecimiento o bien aumentando los capitales cubiertos.
- ¿Cuando se puede contratar? Ente los 14 y los 65 años
- ¿Se modifican los capitales o garantías cubiertos por este seguro? No se modifican automáticamente pero si desea hacerlo, sólo diganoslo.
- En caso de pago del siniestro, ¿la póliza continúa en vigor? Una vez abonada la prestación o el capital, la póliza continúa en vigor.
- ¿Tengo que hacerme un reconocimiento médico para contratar? No, sólo es necesario un pequeño cuestionario de salud muy fácil de cumplimentar.
- ¿Como se contrata? Con sus datos personales se emite poliza que enviamos por email. En unos dias recibira la poliza por correo ordinario y en unos dias mas la compañia la pasara el recibo por el banco
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